PROGRAMA DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS (PREE)

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Jan 25, 2021 6:50:52 PM

Antana ha alcanzado un acuerdo con Uría Ingeniería de Instalaciones para ofrecer servicios de asesoramiento en la obtención de subvenciones para la rehabilitación energética de edificios (PREE).

Esta alianza permite el desarrollo de sinergias entre las capacidades técnicas de las dos empresas ya que Antana está especializada en proyectos y obras de rehabilitación integral de edificios y Uría en la prestación de servicios energéticos.

¿EN QUÉ CONSISTE?

Se trata de un programa de ayudas directas a nivel nacional que destinará 300 millones de euros a incentivar y promover la realización de actuaciones de reforma que favorezcan la reducción de CO₂, mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética o el aprovechamiento de las energías renovables. A nivel legislativo, tiene la finalidad de contribuir a alcanzar los objetivos establecidos tanto en la Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética, como al Plan de Acción 2014-2020.

¿CUÁL ES SU PERÍODO DE VIGENCIA?

El plazo de solicitud comenzó el pasado 21 de noviembre de 2020 y se extiende hasta el 31 de julio de 2021.

¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?

  1. Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública.
  2. Comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda.
  3. Propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios y no tengan otorgado el título de Propiedad Horizontal.
  4. Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios. Las empresas de servicios energéticos (ESEs).
  5. Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía.

¿CUÁLES SON LAS ACTUACIONES SUBVENCIONABLES?

Opción A. Edificios completos existentes con los siguientes usos:

  • Edificios de vivienda unifamiliar;
  • Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda;
  • Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.)

Opción B. Inmuebles aislados en edificios (No permitido en la Comunidad de Madrid)

NO serán subvencionables las siguientes acciones (EXCLUSIONES):

  • Las realizadas en edificios de nueva construcción;
  • Intervenciones que incrementen superficie o volumen;
  • Intervenciones que conlleven un cambio de uso del edificio;
Rehabilitación integral de edificio de viviendas en el barrio de Los Jerónimos (14)

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?

Requisitos básicos:

  • Inversión posterior a la fecha de solicitud de la ayuda, o en todo caso posterior al 7 de agosto de 2020 (en caso de hacerse actividades preparatorias previas)
  • Año de construcción del edificio anterior a 2007

Requisitos energéticos:

  • Reducción de emisiones de dióxido de carbono con respecto a la situación de partida.
  • Reducción de energía final justificando una reducción de consumo de energía final de un 10% con respecto a su situación de partida.

¿QUÉ TIPOLOGÍAS DE ACTUACIÓN EXISTEN?

Tipología 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica

Tipología 2: Mejora de eficiencia energética y energías renovables en instalaciones de calefacción, climatización, ventilación y agua caliente sanitaria;

  • Sustitución de energía convencional por energía solar térmica
  • Sustitución de energía convencional por energía geotérmica
  • Sustitución de energía convencional por biomasa
  • Mejora de la eficiencia energética de los sistemas de generación no incluidos en las 2.1 a 2.3 (i.e: aerotermia)
  • Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas

Tipología 3: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación

¿CUANTÍA DE LAS AYUDAS?

Se trata de subvenciones a fondo perdido, siendo la cuantía total la suma de la AYUDA BASE + AYUDA ADICIONAL.

AYUDA BASE: 35% en todas las tipologías de actuación a excepción de las actuaciones de mejora de eficiencia energética en la iluminación que le corresponde un 15%.

AYUDA ADICIONAL:

  • Criterio social: Edificios residenciales calificados de protección pública y en edificios de viviendas situados en las Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas o Rurales.
  • Eficiencia Energética: Obtención de calificación energética “A”, “B” o salto de dos letras
  • Actuaciones integradas: Combinación de dos o más tipologías siendo una de ellas sobre la envolvente térmica (tipología 1), en la que disminuya la demanda de calefacción y refrigeración un 30%.